Sobre Google Glass, el futuro y las aplicaciones en el sector jurídico

Sbore Google glass, el futuro y las aplicaciones en el sector juridicoCuando los fundadores de Google, Larry Page y Sergey Brin, y el equipo de ingenieros y diseñadores del buscador de Silicon Valley planificaron el programa de investigación y desarrollo de unas gafas basadas en la tecnología de la realidad aumentada, al que llamaron Project Glass, partieron de una idea sencilla: el propósito de liberar las manos y la vista de los usuarios mientras utilizan el smartphone. El uso de estos dispositivos requiere un agarre manual (una o dos manos) y que la atención visual se dirija exclusivamente a la pantalla, sometiendo a manos y ojos a una servidumbre tecnológica que constriñe su movimiento y dedicación a otras tareas.

Las Google Glass, actualmente en fase de prototipo avanzado y cuya primera versión empezará previsiblemente a comercializarse en el 2014, permiten la mayoría de las funciones que ahora realizamos con los teléfonos móviles sin necesidad de utilizar las manos.  Como se aprecia en la imagen que ilustra esta entrada, la montura no dispone de cristales y es parecida a las de unas gafas convencionales, fabricada con titanio, un material muy resistente, flexible y ligero. La interfaz a través de la cual el usuario interacciona está situada discretamente sobre una de las patillas de las gafas. Con una serie de movimientos y pulsaciones sobre ese lateral táctil es posible tomar fotografías, grabar videos, compartirlos con Google+ (supongo que la versión final incluirá la opción de compartir en otras redes sociales), obtener información digital superpuesta acerca de un lugar o persona que se esté mirando (realidad aumentada) o leer y enviar emails. Las ventanas o pantallas se proyectan y despliegan delante de los ojos, por encima del eje horizontal de la mirada, facilitando que esas funciones se ejecuten mientras disfrutamos del paisaje o acontecimiento que estamos grabando o realizamos otras tareas que exijan atención visual.

La interfaz física se complementa con un sistema de reconocimiento de voz por el que se pueden dar instrucciones a las gafas para que ejecute cualquiera de las aplicaciones que necesitemos. Incluso con ruido externo el sistema que incorpora será capaz de decodificar la voz, procesar la información y ejecutar la rutina gracias a la utilización de los huesos craneales como conductor de las vibraciones que produce la señal acústica.

Los proveedores de software de Google están desarrollando aplicaciones específicas que incidirán notablemente en los procesos típicos de algunos trabajos e implicarán cambios en muchos sectores y negocios como la construcción, turismo, publicidad, educación y seguridad. En el sector sanitario, hace pocos días, las Google Glass se han utilizado por primera vez en un quirófano facilitando la colaboración de dos cirujanos situados uno en Madrid y otro en Stanford (USA) para la operación de una rodilla. Los usos cotidianos que se prevén para las gafas de Google son muchos y van desde permitir a los corredores, profesionales y aficionados, planificar los itinerarios y conocer sus constantes físicas, orientarse por lugares desconocidos, obtener información de personas que coincidan en un mismo lugar y mejorar la calidad de vida y comunicación de los discapacitados físicos.

En lo que respecta al sector legal, las Google Glass pueden aplicarse a diversos ámbitos y en la ejecución de tareas jurídicas habituales. Uno de los usos posibles es en las reuniones con los clientes para buscar información adicional que permita ofrecer una respuesta más precisa al supuesto planteado. La realidad aumentada de las gafas aplicada a la lectura de jurisprudencia, doctrina o legislación será un complemento de datos (virtuales) inestimable que ayudará a diagnosticar y definir una estrategia más certera del caso concreto. La lectura de textos jurídicos directamente desde las gafas es otro uso posible siempre y cuando las editoriales adapten el contenido al formato y dimensiones de la pantalla de las gafas; pero si la medida de referencia es el tiempo que están tardando (continúan en ello) en adaptarlo a los smartphones y tablets, y en la conversión en formato ebook de los libros físicos (que no simple digitalización), no puedo mostrarme demasiado optimista en que esa posibilidad se materialice en el corto ni medio plazo.

Los procesos judiciales constituyen otro ámbito de aplicación de las Google Glass, empezando por la fase de obtención o preconstitución de pruebas, documentos y testimonios de interés, por ejemplo en un accidente de tráfico, un despido disciplinario en el que debe justificarse una causa legal, durante la intervención policial en los altercados o en una junta de accionistas. En estos supuestos podría convertirse en una actividad normal de los clientes tomar fotografías, grabar vídeos, obtener información de los asistentes y enviarla a través de las propias gafas a sus abogados.

En la fase de preparación de los juicios, visualizar el expediente en las Google Glass permitiría revisar la información y completarla mientras escribimos en la tablet o conducimos. Durante el acto del juicio las aplicaciones de las gafas ayudarían a corroborar información sobre los interrogados, buscar datos a medida que se vayan necesitando para probar los hechos y leer el informe final sin que nadie note que se está leyendo, algo parecido a lo que ocurre con el prompter de los presentadores de telediarios.

Finalmente en el ámbito de la educación jurídica la utilidad de las Google Glass para los estudiantes de Derecho se antoja evidente. Y no me refiero a la posibilidad de copiar en los exámenes, sino a la capacidad de completar los casos prácticos que se expongan en el aula con información jurídica adicional (leyes, sentencias y doctrina) y simular virtualmente el escenario de un juicio en el que cada usuario de las gafas tendría atribuido un rol y podrían practicarse y mejorarse las habilidades procesales imprescindibles.

Actualización (16/7/2013). A través del portal de Proyecto Glass he llegado a la noticia publicada por Google en la que anuncia que deja de utilizar el término “Project” para referirse al programa de desarrollo de sus gafas, pasando a llamarse a partir de ahora simplemente  “Google Glass”, nombre conocido por el público en general y que es fácil de recordar por su consonancia entra las dos palabras.

La reputación de los abogados y las redes sociales

ReputacionLa reputación es una de las variables que los clientes ponderan e integran en su proceso de toma de decisiones en el momento de seleccionar y contratar a un abogado. La reputación, si bien es un concepto intangible, deriva de una serie de elementos tangibles que acaban configurando la opinión o consideración que los demás tienen de un determinado abogado o despacho.

La intangibilidad de la “opinión” o “reputación” proviene de su grado de subjetividad, de la percepción que cada cliente, actual o potencial, se forma de la persona del abogado o marca del despacho, que por definición siempre será distinta. El logro de la reputación consiste, precisamente, en canalizar esas percepciones dispares y ponerlas de acuerdo, unificarlas en torno a esa marca o persona, de tal manera que la generalidad de los clientes acabarán teniendo respecto a ellas una misma o similar percepción.

Cuando se habla de reputación han de diferenciarse dos planos dentro del mismo concepto: los elementos tangibles que la configuran y los medios o canales que galvanizan esos elementos, los amplifican y exteriorizan. El primero se refiere a los atributos internos del abogado o despacho, como la solvencia técnica y académica, la experiencia o la complejidad de los asuntos que defiende. El segundo plano de la reputación ha consistido tradicionalmente en el sistema de propagación de información llamado “boja-oreja” y el de los medios de comunicación, especialmente la prensa escrita, general o sectorial, incluyendo en esta categoría las guías o directorios legales.

Los atributos internos de los abogados de poco sirven sin un medio adecuado que los publicite y los sistemas, tanto el “boca-oreja, de un alcance restringido por la limitación que cada uno de nosotros tiene de influir en un número importante de personas, y los medios de comunicación, con un poder de influencia masivo, han servido a esa finalidad perfectamente, configurando la reputación de muchos de los abogados y despachos que actualmente prestan sus servicios en el mercado.

Estos instrumentos, vinculados al mundo físico (la prensa ha sido exclusivamente escrita hasta hace pocos años y el “boca-oreja” no deja de ser una variante de la tradición inveterada de transmitir información oralmente) están complementándose con otros medios de reputación propios del mundo digital, como las redes sociales de internet basadas en la Web 2.0, que irrumpieron en el mercado en los primeros años de la década pasada. Incluso en algunos supuestos se está produciendo un trasvase de la reputación de los medios clásicos a estas redes digitales, con el consiguiente efecto de que los indicadores utilizados para medir la reputación de un abogado o despacho están cambiando.

Una red social como Linkedin permite a un abogado o despacho compartir contenido de interés jurídico y es ineludible que el resto de usuarios, abogados, profesionales o clientes actuales y futuros, califiquen el interés de ese contenido según el número de recomendaciones (Like) que ha recibido o veces que se ha compartido (Share). Un número elevado de recomendaciones o Share sostenido durante un tiempo suficientemente prolongado redundarán en una opinión favorable del abogado o despacho productor del contenido. Lo mismo ocurre con los “Me gusta” de Facebook y las citas y retwitts de los mensajes en Twitter, indicadores de la resonancia de esos mensajes en la comunidad.

Otro de los indicadores de reputación, autóctono y común a esas redes sociales, es el número de contactos o followers que un abogado tiene. Al margen de las consideraciones relativas a la idoneidad o segmentación de los seguidores, la percepción de los consumidores y profesionales, ajenos o no al sector jurídico, es que un abogado o despacho con un número elevado de seguidores goza de una buena reputación en términos relativos, dentro de su comunidad o sector de actuación. Google+ cambió la denominación al utilizar sus “círculos”, pero el significado es idéntico: un abogado que esté incluido en muchos círculos equivale a una sólida reputación. Producto de la necesidad creciente de objetivar todos esos indicadores, han surgido plataformas como Klout que se dedican a escudriñar las redes sociales y cuantificar, mediante un algoritmo basado en la presencia digital y las referencias de terceros, la influencia de los profesionales, abogados y despachos incluidos. Este tipo de servicios serán habituales en poco tiempo y los abogados y despachos tendrán que estar atentos a su “reputación digital”.