La impresión 3D y su impacto en los servicios jurídicos

Impresion 3D y su impacto en los servicios jurídicosLa penetración de una nueva tecnología en el mercado y su transformación en objeto de consumo provoca en ocasiones efectos inesperados. En el tránsito hacia la sociedad digital que describió el director del MIT Media Lab, Nicholas Negroponte, en su libro Being Digital, hemos descubierto una amplia intersección entre el mundo analógico del que venimos, compuesto por átomos,  y el mundo digital al que nos dirigimos configurado en su mayoría por bits.

La invención de protocolos cifrados de transmisión de paquetes de bits, que concluiría más tarde en la creación de la Red de redes que hoy conocemos como Internet, inauguró una etapa dónde la información y procesamiento digitales sustituirían muchos de los hábitos instalados en todos nosotros, desde la lectura de periódicos, compra de billetes de transporte, búsqueda y contratación de hoteles hasta la forma de recibir educación, escuchar música y comunicarnos. Sin embargo pocos podían pronosticar que internet, una tecnología fundamentada en el sistema binario y concebida para producir la metamorfosis de los átomos en bits, se convertiría en algo aparentemente contradictorio con su propia esencia digital: un medio para fabricar objetos.

La tecnología concreta que está cambiando la noción que hasta ahora teníamos de la cadena de producción, suministro y consumo de cosas es la impresión en tres dimensiones o impresión 3D. Su funcionamiento es similar al de las típicas impresoras y el efecto tridimensional se logra sustituyendo la tinta por una variedad de materiales como plástico, celulosa, escayola, goma o metal. Se introduce el diseño del objeto que queremos reproducir en el ordenador o se escanea mediante un escáner móvil 3D y la impresora va acumulando capas del material elegido hasta crear una copia exacta de ese objeto. Con esta técnica se ha logrado imprimir partes del cuerpo humano, vestidos, juguetes, armas y cámaras de fotos.

Las previsiones para este año 2013 apuntan un aumento de las ventas de impresoras 3D a nivel mundial de un 49%, porcentaje que aumentará en los próximos años debido al abaratamiento de los costes de producción. Mediamarkt empezó a comercializarlas a finales de septiembre en todos sus centros por algo menos de 2.400 euros y en su página web aparece a fecha de hoy el mensaje de “Producto agotado”. Empresas como Nokia ofrecen la posibilidad de descargar el diseño de la carcasa de su terminal Lumia, imprimirla y personalizar el color y plataformas como Thingiverse reúne diseños de miles de objetos distintos listos para imprimirlos en tres dimensiones. A nivel macroeconómico algunas estimaciones elevan el volumen de negocio de la manufactura aditiva -productos, accesorios y aplicaciones entorno a la impresión 3D- hasta los 170 mil millones de dólares.

El mercado legal no es impermeable a la penetración de la tecnología de impresión 3D y las implicaciones que pueden derivarse en el sector jurídico son variadas y nada despreciables en términos de negocio para abogados y despachos. El primer campo evidente de crecimiento será el de la propiedad intelectual e industrial. Las impresoras 3D permiten a cualquier persona escanear un objeto patentado e imprimirlo en su casa, por ejemplo, el ratón del ordenador, una pieza del coche o un juguete. Los titulares de las patentes necesitarán asesoramiento específico sobre la protección de sus derechos y asistencia en los procedimientos judiciales que inicien contra los infractores. La descarga ilegal de diseños 3D y su transformación sin el consentimiento del autor, así como la impresión de objetos protegidos por un diseño industrial, son cuestiones conexas con la propiedad que requerirán asesoramiento legal.

El derecho penal es otro de los ámbitos donde los abogados y despachos hallarán un nicho de mercado como consecuencia de la impresión 3D. La impresión y posesión de armas, ciertos objetos y contenidos pueden acarrear sanciones y condenas penales –porque el contenido de las imágenes en 3D sea ilícito o se trate de objetos y marcas falsificadas- cuyos autores precisarán la intervención, en algunos casos urgente, de un abogado.

Las impresoras 3D también posibilitarán reproducir modelos a escala de objetos relacionados con un procedimiento judicial. Pensemos por ejemplo en un juicio por un accidente de tráfico o sobre alguna cuestión de propiedad intelectual donde la exhibición de una copia de la parte del cuerpo afectada o del objeto cuya propiedad se ha infringido resultará de gran utilidad para que los abogados y peritos puedan explicar con detalle la mecánica del accidente, las secuelas producidas y las similitudes entre los objetos o marcas en conflicto.

Finalmente y desde la perspectiva del marketing, los departamentos de comunicación de los despachos y los abogados podrán usar las impresoras 3D para fabricar objetos personalizados con la marca del despacho. Estos objetos customizados servirán como obsequio a los clientes o como material para reforzar la percepción de la marca en el despacho -el llamado merchandising-. En los próximos meses prepárate para oír hablar (o mejor imprimir :-) de las impresoras 3D en el sector jurídico.

Haciendo balance de un año en Twitter

Haciendo balance de un año en TwitterSitúo mi entrada en Twitter en el verano de 2012, concretamente el mes de agosto mientras recorría el medio Oeste de los EEUU. Con anterioridad había abierto el perfil (y “puesto” el  característico huevo :-) pero, aparte de seguir a unos cuantos amigos, líderes de opinión y observar durante algunos días el timeline, que entonces me pareció una frenética corriente de twitts con un volumen de información inabarcable, mi experiencia con el pajarito azul fue de lo más aséptica.

Durante aquel verano pasé de ser un usuario que únicamente “escuchaba la red” a integrarme en el grupo llamado prosumidores, participando activamente en la creación de contenidos a la vez que los consumía. Los primeros tuits recuerdo que estaban relacionados con lugares que llamaron mi atención durante el viaje y me sirvieron para familiarizarme con las características funcionales de esta red que en la actualidad suma más de 200 millones de usuarios en todo el mundo y que ayer mismo anunció su salida a Bolsa: retwitts, menciones, favoritos y sus dinámicas entre los usuarios, mensajes directos, inserción y edición de fotografías, listas, etc. Decidido a reducir en lo posible la curva de aprendizaje y evitar errores que tuvieran consecuencias indeseadas con las personas a las que seguía o con mis followers, complementé el método heurístico de ensayo y error con la lectura de Twitter, el breve y práctico manual de Tim O’Reilly, uno de los desarrolladores del lenguaje Perl y a quien sobre todo se conoce por popularizar el concepto Web 2.0.

Desde esos primeros mensajes, mi relación con Twitter ha evolucionado en distintas etapas. A una fase inicial donde tuiteaba impulsivamente, me llevaba el móvil al lavabo y  mi atención se centraba en el número de seguidores, le ha seguido otra más sosegada y estratégica en la que intento explorar la utilidad y potencialidad de la red de microblogging. Ahora utilizo Twitter fundamentalmente como repositorio de ideas que luego utilizo en mis clases, artículos y entradas del blog y como fuente de actualización de información relacionada con la tecnología, innovación, tendencias en el mercado legal y desarrollo de negocio de abogados y despachos.

Los tuits que comparto provienen la mayoría de revistas, periódicos y blogs del sector, muchos de ellos en inglés, y de otros tuits de profesionales u organizaciones que sigo o forman parte de mis listas, limitándome en ocasiones a difundir su versión original a través de retuits o, lo que suele ser más habitual, citar y compartir una versión modificada, MD o Modified Tweet, cambiando el título o añadiendo un comentario que expresa mi opinión o que pienso completa el valor del contenido del tuit. En menor medida también tuiteo mensajes con referencias bibliográficas, alusiones a las palabras que ha dicho un ponente en alguna conferencia o jornada, información sobre mis actividades formativas y alguna reflexión asociada a la actualidad del mercado legal.

En mi caso Twitter se ha convertido en una herramienta esencial de trabajo a la que dedico diariamente un tiempo durante el que reviso y selecciono noticias y artículos relacionados con mis intereses profesionales o académicos y que me ofrece una ventaja indudable como es mantener un historial ordenado de mi actividad, lo cual agradezco enormemente en el momento de buscar datos para documentar los artículos que escribo y preparar o ampliar el material de las conferencias y clases. Otro de los beneficios del uso prolongado de Twitter, que atribuyo al esfuerzo necesario para resumir los mensajes en 140 caracteres, es que me ayuda a reflexionar sobre el contenido de esos mensajes, priorizar las ideas y ganar precisión en la escritura. Los tuits que finalmente publico se someten al escrutinio del resto de usuarios, quienes muchas veces aportan con sus comentarios unos matices que enriquecen el contenido original. Esta posibilidad de contrastar mis ideas con la comunidad es uno de los méritos que más valoro de Twitter.

La red fundada por Jack Dorsey en 2006 ha demostrado su efectividad como canal de comunicación en las empresas y en los despachos de abogados. En lo que a mí respecta, este año en Twitter me ha permitido ampliar considerablemente la red de contactos, conocer abogados, periodistas y emprendedores del sector jurídico, con alguno de los cuales hoy me une una relación de amistad y que seguramente no hubiera podido conocer de otra manera. Producto de las relaciones trabadas a través de Twitter me he involucrado en Inkietos, un laboratorio de ideas sobre la abogacía de los negocios formado por profesionales de distinta procedencia, descubrí start ups innovadoras que fueron presentadas por sus fundadores en la primera Jornada de Abogacía Virtual que se celebró en España y he iniciado junto con empresas del sector varios proyectos vinculados a la innovación tecnológica en la abogacía. En mi caso, puedo afirmar que Twitter ha supuesto un verdadero hallazgo.

El mercado legal y la evolución de los despachos

El mercado legal y la evolucion de los despachosLa restricción del crédito, la paralización de las inversiones en las empresas y la paulatina reducción de la demanda de servicios y bienes de producción y consumo como consecuencia de la crisis económico-financiera iniciada en el año 2008, fueron algunos de los síntomas que alertaron de la necesidad de replantear la estructura de costes y precios que soportaban esas empresas.

Los departamentos in-house de las grandes sociedades, ejecutando la estrategia impuesta por el Consejo de Administración, que a su vez respondía frente a unos accionistas que reclamaban seguir generando beneficios, o al menos amortiguar su caída, adoptaron una serie de medidas que perseguían un impacto a corto plazo en la partida de gastos de la cuenta de resultados: principalmente internalizar asuntos que hasta entonces se habían contratado a bufetes externos y adoptar parámetros de asignación de tareas en función de su complejidad y valor aportado –medido en términos de utilidad y relación coste-beneficio- Esta fragmentación, o unbundling, del trabajo jurídico en tareas y su adjudicación conforme a criterios racionales de utilidad y rentabilidad, comportó en la práctica la sustitución de algunos grandes despachos, proveedores habituales de aquellos in-house, por otros de menor tamaño, boutiques o abogados individuales -muchos de ellos antiguos socios y abogados de grandes despachos- capaces de ofrecer un servicio de calidad parecida a un precio bastante inferior al de las grandes firmas.

Los servicios jurídicos, tradicionalmente definidos por una demanda inelástica -donde el incremento del precio no repercute en una reducción proporcional del consumo de esos servicios- han ampliado, como consecuencia de la crisis, la elasticidad de la demanda, mostrándose especialmente sensibles a las variaciones de precio que se ha convertido en un factor determinante para decidir su contratación – el aumento de precio incide en un menor consumo de los servicios- Este cambio en el comportamiento del mercado ha obligado a todos los despachos a aplicar mecanismos de reducción de costes que se trasladen a los precios. Los despachos grandes y medianos han optado por amortizar puestos de trabajo en las categorías intermedias, abogados juniors y asociados, e incluso en categorías superiores prescindiendo de algún socio. Otros se han escindido buscando estructuras más ligeras y competitivas y finalmente algunos que no supieron prever los cambios del mercado legal, unido a un imprudente nivel de endeudamiento, no han resistido el embate y ha tenido que cerrar, algo inaudito en una firma de servicios jurídicos.

En los próximos años la presión en las firmas grandes y medianas seguirá aumentando debido fundamentalmente a la progresiva sustitución, exigida por los clientes, de la facturación por horas por otros sistemas vinculados a los resultados o volumen de negocio, pequeños despachos integrados por abogados desbandados de las grandes firmas que pugnarán por los mismos huecos de mercado con precios más competitivos y la implantación de negocios innovadores de prestación de servicios jurídicos con estructuras flexibles que permitirán contratar a abogados con una alto nivel de conocimiento y experiencia, tanto jurídica como del negocio del cliente, para proyectos o necesidades concretas. Las firmas tendrán que hacer un esfuerzo suplementario para alinear los precios del servicio con los costes reales y para lograrlo deberán reducir estos últimos mediante la automatización e informatización de tareas, outsourcing y off-shoring de las tareas de poco valor agregado –administrativas, tareas jurídicas estandarizables como la revisión de documentos, etc.-, el cambio de los modelos de partnership las políticas de retribución de los socios y abogados.

Seguramente en un horizonte de cinco años, como consecuencia de una estrategia de expansión internacional que les permita superar el estancamiento o saturación de la demanda interna en sus países, veremos la implantación en el mercado español de otras firmas originarias de países anglosajones y asiáticos. La entrada de estos actores obligará a los despachos medianos españoles a competir buscando remedios centrados en escalar costes y capitalizar el talento, lo que previsiblemente hará que varios de esos despachos establezcan protocolos de cooperación, fórmulas de asociación o algunos de ellos acaben fusionándose y convirtiéndose en una gran firma.

En cuanto a los pequeños despachos y abogados individuales, dentro de los próximos tres a cinco años una parte de los servicios que ahora están ofreciendo, aquellos que son fácilmente estandarizables y replicables, los llamados commodity –la mayoría de los contratos, testamentos, divorcios de mutuo acuerdo, arrendamientos, determinados escritos de los procedimiento monitorios, verbales, concursales, etc.- serán suministrados por portales on-line, automatizados total o parcialmente, a precios mucho más bajos contra los que despachos y abogados no podrán competir.

Esos negocios online serán liderados la mayoría por emprendedores, abogados y profesionales provenientes de otros sectores atraídos por la posibilidad de rentabilizar las inversiones en un sector poco explotado. La consecuencia será que despachos pequeños y abogados perderán una cuota del mercado sobre la que tradicionalmente han tenido el monopolio, y los ingresos, en muchos casos importantes, derivados de esa parte del negocio. La supervivencia en estas condiciones exigirá un esfuerzo de hiper-especialización y la adopción de nuevas estructuras y formas de trabajo, mediante las cuales, por ejemplo, el abogado no dispondrá necesariamente de una oficina física estable y contará con una red de abogados colaboradores en su misma situación entre los que distribuirá, apoyado por internet y las nuevas tecnologías, las diferentes tareas y procesos que componen un caso y con los que pactará individualmente las condiciones de colaboración. Al margen del tamaño del despacho, lo que parece ineludible es que el nuevo mercado legal reclamará de todos soluciones que ahora ni tan solo se imaginan.

«Cómo ofrecer servicios jurídicos online», artículo en el Legajo

Como ofrecer servicios juridicos online

Vicente Küster, de la agencia de comunicación Contenido, responsable de la coordinación y redacción de la revista editada por el Colegio de Abogados de Valencia el Legajo, me pidió hace unos días, con ocasión de un curso de Abogacía Virtual del que fui ponente en el mismo Colegio, un artículo sobre algún aspecto práctico de la virtualidad en los servicios jurídicos. Le envié un breve texto titulado “Cómo ofrecer servicios jurídicos online” que, debido a las estrictas exigencias de espacio en la sección de la revista, el propio Vicente acortó, respetando la esencia del texto original.

El artículo, publicado en el número 29 de la revista, señala las cuatro fuerzas que están transformando el mercado legal: la reducción del presupuesto, tanto de empresas como particulares, dedicado a gastos legales, la entrada en el mercado de nuevos competidores que se rigen con criterios absolutamente empresariales, la globalización y la disrupción tecnológica, que está provocando la eliminación de barreras entre los productores de los servicios y los consumidores. Ejemplos evidentes son las compras de billetes de transporte (tren y avión) y las reservas de hoteles, que han pasado a realizarse por internet, suprimiendo a la mayoría de los intermediarios tradicionales.

La conjunción en el momento actual de esas cuatro fuerzas obliga a replantearse los modelos de negocio jurídicos existentes e innovar mediante la aplicación de la tecnología e internet, especialmente en lo que respecta a los dos procesos característicos del ciclo de vida del servicio jurídico: la producción y su venta.

Los abogados que dentro de esa estrategia de innovación se decidan a ofrecer servicios jurídicos online tienen dos posibilidades. Una de ellas es integrarse en una plataforma virtual de servicios jurídicos gestionada por un tercero, donde los clientes potenciales acuden a buscar un abogado. La plataforma actúa como un supermercado (marketplace) donde se cruza la oferta y demanda de servicios jurídicos. Por lo general esta opción no requiere ninguna inversión, ya que las plataformas suelen cobrar un pequeña cantidad, fija o variable, por cada contacto o transacción entre el abogado y el cliente. La segunda posibilidad consiste en desarrollar y gestionar un canal o plataforma online propia, que bien puede ser un blog o web en la que se ofrezca contenido jurídico interesante que atraiga a futuros clientes, asesoramiento a través de email, chat o videoconferencia e incluso pueden ofrecerse descargas de documentos específicos o servicios donde la intervención directa o presencial del abogado sea casi nula o puntual, como los divorcios de mutuo acuerdo o procedimientos de desahucio. Esta alternativa de plataforma propia, si bien exige una inversión algo mayor que la primera, sobre todo en dedicación, gestionada adecuadamente puede llegar a convertirse en un negocio rentable en no demasiado tiempo.